IRPH.-SENTENCIA que declara la nulidad.

La sentencia es muy importante pues declara la nulidad del Tipo de demora y del IRPH, sin posibilidad de moderación alguna, sin sustituirlo por Euribor ni ningún otro tipo variable dejando el préstamo sin interés, más allá del 0,45 de diferencial.

La cantidad a abonar al afectado asciende a 48.078,51€, más los intereses que se devenguen hasta el pago, todo ello en un préstamo de poco más de 80.000€,  lo que nos da una idea del tremendo abuso del IRPH.

El IRPH, fue declarado por el TS como válido y exento de cualquier control, tras lo que se plantearon al TJUE las correspondientes cuestiones prejudiciales en contra del tal criterio,  más que discutible. 

Actualmente y tras la vista celebrada, se está pendiente del dictado de Sentencia, en los próximos meses,  por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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